1. La orden de detención europea (en adelante, la orden europea) es una resolución judicial dictada en un Estado miembro de la Unión Europea con vistas a la detención y la entrega por otro Estado miembro de una persona a la que se reclama para el ejercicio de acciones penales o para la ejecución de una pena o una medida de seguridad privativas de libertad.
2. A los efectos de esta ley, se entiende por:
«autoridad judicial de emisión»: la autoridad judicial del Estado miembro emisor que sea competente para dictar una orden europea en virtud del derecho de ese Estado;
«autoridad judicial de ejecución»: la autoridad judicial del Estado miembro de ejecución que sea competente para ejecutar la orden europea en virtud del derecho de ese Estado.
Texto oficial de Ley 3/2003, de 14 de marzo, sobre la orden europea de detención y entrega (BOE-A-2003-5451). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Definiciones. — Ley 3/2003, de 14 de marzo, sobre la orden europea de detención y entrega · BOE Fácil