CAPÍTULO VIII. Normas para facilitar a las víctimas del delito, en situaciones transfronterizas, el acceso a las ayudas y resarcimientos
Artículo 47. Impresos para la transmisión de solicitudes y comunicación de la resolución.
Para el traslado de la solicitud y documentación acreditativa previsto en el artículo 45.3.a) y para la comunicación de la resolución que ponga fin al procedimiento, prevista en el artículo 46.1.b) se utilizarán los impresos que se establezcan por orden del Ministro del Interior.
> <small>Se añade por el art. 3 del Real Decreto 199/2006, de 17 de febrero de 2006. [Ref. BOE-A-2006-2910](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-2910)</small>
Texto oficial de Real Decreto 288/2003, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ayudas y resarcimientos a las víctimas de delitos de terrorismo (BOE-A-2003-5455). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 47. Impresos para la transmisión de solicitudes y comunicación de la resolución. — Real Decreto 288/2003, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ayudas y resarcimientos a las víctimas de delitos de terrorismo · BOE Fácil