TÍTULO IV. Disposiciones especiales · CAPÍTULO I. Valoración de inmuebles de entidades aseguradoras a efectos de la determinación de su valor razonable
Artículo 86. Valor de afección provisional a cobertura de provisiones técnicas.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga, con efectos desde el 1 de enero de 2016, por la disposición derogatoria única.c) del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre. [Ref. BOE-A-2015-13057#ddunica](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-13057).</small>
> <small>Se modifica por el art. único.31 de la Orden EHA/3011/2007, de 4 de octubre. [Ref. BOE-A-2007-18140](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-18140).</small>
Texto oficial de Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras (BOE-A-2003-7253). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 86. Valor de afección provisional a cobertura de provisiones técnicas. — Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras · BOE Fácil