TÍTULO V. Inspecciones, infracciones y sanciones · CAPÍTULO II. Infracciones
Artículo 82. Calificación de infracciones.
Las infracciones contenidas en este capítulo se clasifican en leves, graves y muy graves, en la forma que se expresa en los artículos siguientes, atendiendo a los criterios de riesgo para la salud pública, la sanidad animal o el medio ambiente, grado de intencionalidad, gravedad del posible daño y dificultades para la vigilancia y control.
Texto oficial de Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal (BOE-A-2003-8510). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 82. Calificación de infracciones. — Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal · BOE Fácil