CAPÍTULO II. Incremento de la cuantía del salario mínimo interprofesional
Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
1. Se autoriza al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto ley.
2. Las referencias a reales decretos y órdenes ministeriales incluidas en este real decreto ley se entienden sin perjuicio de la facultad del Gobierno y de los titulares de los departamentos ministeriales de proceder a su modificación o derogación en el ejercicio de la potestad reglamentaria.
Texto oficial de Real Decreto-ley de Racionalización del Salario Mínimo Interprofesional (2004) (BOE-A-2004-12010). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario. — Real Decreto-ley de Racionalización del Salario Mínimo Interprofesional (2004) · BOE Fácil