1. La Vicesecretaría General asume la función de asistencia y propuesta en asuntos de administración económica, personal, previsiones presupuestarias, archivo y documentación. Le compete coordinar la aplicación de los medios informáticos y de comunicaciones, así como proponer iniciativas en este ámbito.
2. De la Vicesecretaría General dependen las unidades siguientes, con rango de subdirección general:
a) Medios Operativos.
b) Informática.
c) Comunicaciones.
3. La Subdirección General de Comunicaciones prestará también asistencia al Ministerio de la Presidencia.
Texto oficial de Estructura Orgánica de la Presidencia del Gobierno (BOE-A-2004-12996). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Vicesecretaría General. — Estructura Orgánica de la Presidencia del Gobierno · BOE Fácil