La presente Orden surtirá efectos en la tramitación de los expedientes de modificación de crédito del presupuesto de 2005 y sucesivos.
Madrid, 29 de julio de 2004.
**CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN**
Excmo. Sr. Secretario de Estado de la Seguridad Social, Ilmos. Sres. Directores generales de Ordenación de la Seguridad Social, de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, de la Tesorería General de la Seguridad Social, Interventor general de la Seguridad Social, Gerente de Informática de la Seguridad Social y Sres. Presidentes y Directores de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y de los Centros Mancomunados.
Texto oficial de Orden TAS/2839/2004, de 29 de julio, por la que se implanta el proceso normalizado para la tramitación de modificaciones de crédito por vía telemática, e-MOPRES, en el Sistema de la Seguridad Social (BOE-A-2004-15331). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. Entrada en vigor. — Orden TAS/2839/2004, de 29 de julio, por la que se implanta el proceso normalizado para la tramitación de modificaciones de crédito por vía telemática, e-MOPRES, en el Sistema de la Seguridad Social · BOE Fácil