1. La composición de la Comisión Interministerial será la siguiente:
a) Presidente: la Ministra de Cultura.
b) Vocales:
1.º La Subsecretaria de Fomento.
2.º El Subsecretario de Cultura.
3.º La Subsecretaria de Medio Ambiente.
4.º El Secretario General de Vivienda.
c) Secretario: un funcionario de la Subsecretaría de Cultura, con voz pero sin voto.
2. Por razón de la materia, el Presidente también podrá convocar a las reuniones a otros altos cargos de la Administración General del Estado y a responsables de organismos públicos, entidades y agencias obligados a incluir en sus obras la partida del uno por cien cultural. Los así convocados podrán asistir con voz pero sin voto.
Texto oficial de Comisión Interministerial del Uno por Cien Cultural (BOE-A-2004-16361). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Composición. — Comisión Interministerial del Uno por Cien Cultural · BOE Fácil