real decreto · BOE-A-2004-16934
Real Decreto 1940/2004, de 27 de septiembre, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 1/10/2004
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Este real decreto regula la vigilancia de las zoonosis, los agentes zoonóticos y la resistencia a los antimicrobianos asociada.
A quién afecta: Autoridades sanitarias, explotadores de empresas alimentarias y comunidades autónomas.
- Regula la vigilancia de enfermedades transmisibles entre animales y humanos, y la investigación epidemiológica de sus brotes.
- Cada comunidad autónoma debe nombrar su autoridad competente y comunicarlo a la Administración General del Estado.
- Los explotadores de empresas alimentarias deben conservar los resultados de los exámenes de detección y las cepas pertinentes.
- La vigilancia de la resistencia a los antimicrobianos complementa la vigilancia de cepas humanas del Real Decreto 2210/1995.
¿Qué se entiende por zoonosis según este real decreto?
La enfermedad o infección que se transmite de los animales al hombre, y viceversa, de forma directa o indirecta.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal (2 menciones)
- Cita a: Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
20 de junio de 2007
[reform] Real Decreto 1940/2004, de 27 de septiembre, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos
Ver cambios de esta reforma →1 de octubre de 2004
Real Decreto 1940/2004, de 27 de septiembre, sobre la vigilancia de las zoonosis y los agentes zoonóticos — versión original 2004
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