CAPÍTULO II. Las infracciones y sanciones tributarias · Sección 2.ª Cuantificación de las sanciones tributarias
Artículo 6. Incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
Cuando un procedimiento de comprobación o investigación tenga por objeto varios tributos con periodos impositivos o de liquidación de diferente duración, la apreciación del criterio de incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación previsto en el artículo 187.1.c) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se realizará tomando en consideración cada uno de los periodos de menor duración.
Texto oficial de Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario (BOE-A-2004-18398). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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