El presente real decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2005.
Dado en Madrid, a 29 de octubre de 2004.
**JUAN CARLOS R.**
**La Ministra de Fomento,**
**MAGDALENA ALVAREZ ARZA**
Texto oficial de Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus componentes y de las emisiones de escape y sonoras de sus motores (BOE-A-2004-18571). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Entrada en vigor. — Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus componentes y de las emisiones de escape y sonoras de sus motores · BOE Fácil