El presente real decreto entrará en vigor a los cinco meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», excepto lo establecido en los artículos tercero al décimo, ambos inclusive, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 314, de 30 de diciembre de 2004. [Ref. BOE-A-2004-21842](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-21842).</small>
Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2004.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de Industria, Turismo y Comercio,**
**JOSÉ MONTILLA AGUILERA**
Texto oficial de Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico (BOE-A-2004-21561). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Entrada en vigor. — Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico · BOE Fácil