TÍTULO IV. De las pensiones públicas · Cortes Generales
Artículo 38. Determinación inicial de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
Para el año 2005, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 4.043,06 euros íntegros anuales.
> <small>Redactado el artículo conforme al Real Decreto-ley 11/2004, de 23 de diciembre, publicado el mismo día. [Ref. BOE-A-2004-21690](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-21690). Para ver la redacción original consúltese el formato PDF.</small>
Texto oficial de Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 (BOE-A-2004-21688). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 38. Determinación inicial de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social. — Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 · BOE Fácil