Artículo 11. Transparencia en las buenas prácticas comerciales.
Con el fin de velar por la plena transparencia en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley, las Administraciones Públicas promoverán la elaboración de Códigos de buenas prácticas comerciales, así como la adopción de sistemas de resolución de conflictos a través de la mediación y el arbitraje, siendo de adscripción voluntaria por parte de los agentes económicos.
> <small>Se añade por el art. 1.7 de la Ley 15/2010, de 5 de julio. [Ref. BOE-A-2010-10708](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-10708).</small>
Texto oficial de Ley de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales (BOE-A-2004-21830). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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