Disposición adicional primera. Medios personales y materiales.
La Secretaría de Estado de Derechos Sociales atenderá con sus medios personales y materiales al funcionamiento de la Comisión de protección patrimonial de las personas con discapacidad.
> <small>Se modifica por el art. 3.4.c) del Real Decreto 369/2021, de 25 de mayo. [Ref. BOE-A-2021-8750](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-8750)</small>
> <small>Se renumera por el art. 3.2 del Real Decreto 1146/2012, de 27 de julio. [Ref. BOE-A-2012-11211](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-11211).</small>
> <small>Su anterior numeración era disposición adicional única.</small>
Texto oficial de Comisión de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad (BOE-A-2004-2224). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Medios personales y materiales. — Comisión de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad · BOE Fácil