Disposición final segunda. Desarrollo normativo y adaptación de los anexos.
Se habilita a la persona titular del Ministerio de Sanidad a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo establecido en este real decreto, así como para adaptar por orden ministerial el contenido de los anexos al progreso o innovaciones técnicas y a la normativa de la Unión Europea.
> <small>Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 922/2024, de 17 de septiembre. [Ref. BOE-A-2024-18620](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-18620)</small>
Texto oficial de Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual (BOE-A-2004-2591). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Desarrollo normativo y adaptación de los anexos. — Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual · BOE Fácil