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TÍTULO IV. Entidades gestoras y depositarias de fondos de pensiones · CAPÍTULO I. Requisitos y actividad de las entidades gestoras y depositarias

Artículo 84. Retribuciones de las entidades gestoras y depositarias de fondos de pensiones.

Texto oficial de Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones (BOE-A-2004-3453). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.