TÍTULO III. Recursos de las provincias · CAPÍTULO II. Recursos tributarios · Sección 2.ª Contribuciones especiales
Artículo 133. Contribuciones especiales.
Texto oficial de Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE-A-2004-4214). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
