Disposición adicional decimocuarta. Porcentajes de retención o ingreso a cuenta en los ejercicios 2012, 2013 y 2014.
Desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2014, ambos inclusive, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta del 19 por ciento, a que se refiere la letra a) del apartado 6 del artículo 140 de esta ley, se eleva al 21 por 100.
> <small>Se modifica por el art. 10 del Real Decreto-ley 1/2014, de 24 de enero. [Ref. BOE-A-2014-747](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-747).</small>
> <small>Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2012, por el art. 64 de la Ley 2/2012, de 29 de junio. [Ref. BOE-A-2012-8745](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-8745).</small>
> <small>Téngase en cuenta que esta disposición ya fue añadida por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre.</small>
> <small>Se añade por la disposición final 3.1º del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre. [Ref. BOE-A-2011-20638](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-20638).</small>
Texto oficial de Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (BOE-A-2004-4456). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.