Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo.
Corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de lo que dispongan las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias, dictar las normas que sean precisas para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 363/2004, de 5 de marzo, por el que se declara la equivalencia de determinadas titulaciones, a efectos de docencia, a las exigidas con carácter general para el ingreso y adquisición de especialidades de los Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (BOE-A-2004-5190). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.