Artículo 1. Creación de la Comisión para la coordinación de las actividades ferroviarias.
Se crea, adscrita a la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, la Comisión para la coordinación de las actividades ferroviarias, en adelante la Comisión, cuya composición, funciones y régimen se determinan en los artículos siguientes.
Texto oficial de Orden FOM/32/2005, de 17 de enero, por la que se crea la Comisión de coordinación de las actividades ferroviarias (BOE-A-2005-1080). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Creación de la Comisión para la coordinación de las actividades ferroviarias. — Orden FOM/32/2005, de 17 de enero, por la que se crea la Comisión de coordinación de las actividades ferroviarias · BOE Fácil