Corresponde a la Comisión Permanente:
a) Estudiar, deliberar e informar las propuestas que deba someter a la aprobación del Pleno del Patronato.
b) Cuidar del cumplimiento, el desarrollo y la ejecución de los acuerdos adoptados por el Patronato.
c) Asumir cuantas otras funciones le encomiende el Pleno del Patronato.
d) Dar cuenta al Pleno del Patronato de los acuerdos adoptados en el ejercicio de las funciones anteriores.
Texto oficial de Patronato del Archivo General de Indias (BOE-A-2005-10825). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Funciones de la Comisión Permanente. — Patronato del Archivo General de Indias · BOE Fácil