Artículo 3. Funciones del Presidente del Patronato.
Corresponden al Presidente del Patronato las siguientes funciones:
a) Ejercer la alta representación del Patronato.
b) Convocar las reuniones del Patronato y fijar el orden del día.
c) Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y deliberaciones y suspenderlos por causas justificadas.
d) Visar los actos y certificaciones de los acuerdos adoptados por el Patronato.
e) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente.
Texto oficial de Real Decreto 760/2005, de 24 de junio, por el que se crea el Patronato del Archivo General de Indias (BOE-A-2005-10825). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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