(En general) · Ley de 13 de abril de 1877, General de Obras Públicas
Artículo 83. , párrafo segundo.
La autorización del Ministerio de Fomento (para la variación o modificación del proyecto que haya servicio de base a una concesión subvencionada), cuando se trate de obras subvencionadas por el Estado, no podrá recaer sino después de oír a la Corporación respectiva y al Consejo de Estado en pleno, y llenarse los demás requisitos que se señalen en el reglamento para la ejecución de esta Ley.
Texto oficial de Resolución de 21 de junio de 2005, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se dispone la publicación de la relación actualizada de disposiciones que preceptúan la audiencia del Consejo de Estado (BOE-A-2005-11029). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 83. , párrafo segundo. — Resolución de 21 de junio de 2005, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se dispone la publicación de la relación actualizada de disposiciones que preceptúan la audiencia del Consejo de Estado · BOE Fácil