Disposición transitoria cuarta. Medidas para la adecuación de las funciones de las unidades con ocasión del despliegue de los Mossos d'Esquadra.
Aquellas Unidades de la organización periférica de la Dirección General de la Policía con sede en la Comunidad Autónoma de Cataluña, en cuyo ámbito territorial de actuación tenga lugar el despliegue de la Policía Autónoma de dicha Comunidad (Mossos d’Esquadra), se adecuará su estructura orgánica a las funciones que, de acuerdo con la Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, corresponden al Cuerpo Nacional de Policía.
A tal efecto, por el Director General de la Policía se adoptarán las resoluciones pertinentes en orden a hacer efectiva dicha adaptación.
Texto oficial de Orden INT/2103/2005, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía (BOE-A-2005-11370). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.