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CAPÍTULO V. De los inspectores de servicio

Artículo 14. Obligaciones del personal de las inspecciones de servicios.

Texto oficial de Inspecciones Generales de Servicios de los Departamentos Ministeriales (BOE-A-2005-12178). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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