La Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España celebrará, todos los años, una sesión pública y solemne para la apertura del curso académico. En ella, el Presidente o el Académico de Número que el Pleno designe leerá un discurso de contenido jurídico y el Secretario General dará lectura a una memoria en la que haga un conciso relato de los trabajos científicos y actividades de la Academia durante el curso anterior.
> <small>Se modifica por el art. único.3.21 del Real Decreto 919/2017, de 23 de octubre. [Ref. BOE-A-2017-12797](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-12797)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1058/2005, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación (BOE-A-2005-15940). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 49. Apertura de curso académico. — Real Decreto 1058/2005, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación · BOE Fácil