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TÍTULO IV. Sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva · Capítulo IV. Actuación transfronteriza

Artículo 90. Apertura de sucursales y prestación de servicios en España por sociedades gestoras no comunitarias y por sociedades gestoras comunitarias no sometidas a la Directiva 85/611/CEE del Consejo.

Texto oficial de Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, y se adapta el régimen tributario de las instituciones de inversión colectiva (BOE-A-2005-18356). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.