CAPÍTULO IV. Presentación imparcial de las recomendaciones de inversión y de los conflictos de interés
Artículo 14. Identidad de las personas que difunden las recomendaciones elaboradas por un tercero.
Cuando una persona relevante divulgue bajo su propia responsabilidad una recomendación elaborada por un tercero, la recomendación deberá indicar de manera clara y destacada la identidad de la persona que la divulga.
Texto oficial de Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de abuso de mercado (BOE-A-2005-19251). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 14. Identidad de las personas que difunden las recomendaciones elaboradas por un tercero. — Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de abuso de mercado · BOE Fácil