TÍTULO I. Del Agente Comercial, de los Colegios Profesionales y del Consejo General. · CAPÍTULO IX. Del Consejo General de Colegios
Artículo 34. Otros cargos de la Comisión Permanente.
El Vicepresidente, el Tesorero y el Contador del Consejo General tendrán las funciones relacionadas en los artículos 24.2 y 26 correspondientes a los mismos cargos de las Juntas de Gobierno de los Colegios, pero referidas al Consejo General.
Texto oficial de Estatutos de los Colegios de Agentes Comerciales (BOE-A-2005-2529). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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