«TÍTULO III. Mercado primario de valores · CAPÍTULO II. Sobre acuerdos de compensación contractual y garantías financieras · Sección 1.ª Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Este capítulo será aplicable exclusivamente, siempre que reúnan los requisitos en él exigidos, a:
a) Los acuerdos de compensación contractual financieros.
b) Los acuerdos de garantías financieras, tanto de carácter singular como si forman parte de un acuerdo marco, o resultan de las normas de ordenación y disciplina de los mercados secundarios o de los sistemas de registro, compensación y liquidación o entidades de contrapartida central.
c) Las propias garantías financieras.
Texto oficial de Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública (BOE-A-2005-4172). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Ámbito de aplicación. — Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública · BOE Fácil