CAPÍTULO IV. Normas relativas al sector de seguros
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplicará en primer lugar a la supervisión de las cuentas del ejercicio de 2005.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 22 de abril de 2005.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO**
Texto oficial de Ley de Supervisión de los Conglomerados Financieros (BOE-A-2005-6561). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Entrada en vigor. — Ley de Supervisión de los Conglomerados Financieros · BOE Fácil