Disposición final quinta. Facultades de desarrollo.
Se autoriza al Ministro de Industria, Turismo y Comercio a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios (BOE-A-2005-6970). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Facultades de desarrollo. — Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios · BOE Fácil