TÍTULO VI. Derechos de los consumidores que sean personas físicas y otros usuarios finales · CAPÍTULO IV. Derechos en relación con el servicio telefónico disponible al público
Artículo 119. Interrupción definitiva del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija.
Texto oficial de Reglamento de Comunicaciones Electrónicas (BOE-A-2005-6970). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
