ANEXO. Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Logopedas · CAPÍTULO VII. Duración, cese y sustitución de cargos
Artículo 18. Duración.
1. El mandato de los cargos del Comité Ejecutivo finalizará una vez aprobados los Estatutos generales, si bien seguirán en funciones hasta que concluya el proceso electoral correspondiente, y como máximo será de cuatro años a contar desde la constitución del Comité Ejecutivo.
2. Durante este período podrán cesar en sus cargos de los órganos de gobierno por las siguientes causas:
a. Renuncia personal voluntaria.
b. Reprobación con arreglo a las normas de los presentes Estatutos provisionales.
c. Sanción disciplinaria firme por falta grave o muy grave, recaída por resolución firme administrativa, judicial o corporativa.
Texto oficial de Orden SCO/2088/2006, de 15 de junio, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Logopedas (BOE-A-2006-11779). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 18. Duración. — Orden SCO/2088/2006, de 15 de junio, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Logopedas · BOE Fácil