El funcionamiento de la Comisión no supondrá incremento alguno del gasto público y será atendida con los medios materiales y de personal existentes en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
###### Disposición derogatoria.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden y, expresamente, la Orden ITC/4134/2004, de 9 de diciembre, por la que se constituye la Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
###### Disposición final.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de junio de 2006.–El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, José Montilla Aguilera.
Texto oficial de Orden ITC/2145/2006, de 27 de junio, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (BOE-A-2006-12063). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional segunda. — Orden ITC/2145/2006, de 27 de junio, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · BOE Fácil