Este real decreto, que se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución Española, la disposición adicional primera.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en virtud de la habilitación que confiere al Gobierno la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional primera, tiene carácter de norma básica.
Texto oficial de Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE-A-2006-12687). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Título competencial. — Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación · BOE Fácil