Las Consejerías de Turismo son órganos técnicos especializados de la Misión Diplomática que, bajo la dependencia jerárquica del Embajador, le prestan asesoramiento y apoyo técnico y asisten a éste y a la Misión en el desempeño de sus funciones, en el desarrollo de la acción exterior en materia de turismo, sin perjuicio de su dependencia orgánica y funcional de la Secretaría de Estado de Turismo, a través del Instituto de Turismo de España y del Director General del mismo, a los que corresponde su organización interna y dotación presupuestaria.
> <small>Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 217/2015, de 27 de marzo. [Ref. BOE-A-2015-3325](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-3325)</small>
Texto oficial de Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España (BOE-A-2006-12690). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Dependencia. — Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España · BOE Fácil