La creación o supresión de una Consejería de Turismo se realizará por real decreto, a iniciativa del Ministro de Industria, Energía y Turismo, previo informe del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, previo informe del Consejo Ejecutivo de Política Exterior. En el anexo de este real decreto se recoge la relación de Consejerías existentes.
> <small>Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 217/2015, de 27 de marzo. [Ref. BOE-A-2015-3325](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-3325)</small>
Texto oficial de Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España (BOE-A-2006-12690). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Creación y supresión. — Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España · BOE Fácil