TÍTULO II. De las instituciones · CAPÍTULO VI. El Gobierno local · Sección Cuarta. La comarca y los demás entes locales supramunicipales
Artículo 92. La comarca.
1. La comarca se configura como ente local con personalidad jurídica propia y está formada por municipios para la gestión de competencias y servicios locales.
2. La creación, modificación y supresión de las comarcas, así como el establecimiento del régimen jurídico de estos entes, se regulan por una ley del Parlamento.
Texto oficial de Estatuto de Autonomía de Cataluña (BOE-A-2006-13087). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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