TÍTULO X. Tasas · *Grupo X. Procedimientos de financiación con cargo a fondos públicos y fijación de precio de productos sanitarios*
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.
Se modifica el artículo 63 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, que tendrá la siguiente redacción:
«En el caso de los productos biológicos, cuando sea necesario por interés de la sanidad animal, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá someter a control oficial los lotes de productos antes de su comercialización, en los términos que reglamentariamente se determine.»
Texto oficial de Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos (BOE-A-2006-13554). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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