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TÍTULO VIII. Centros homologados de formación de personal ferroviario · CAPÍTULO I. Régimen General

Artículo 49. Régimen de funcionamiento en materia de habilitaciones de personal ferroviario.

Texto oficial de Títulos y Habilitaciones del Personal Ferroviario (BOE-A-2006-14016). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.