CAPITULO VI. Régimen de infracciones y sanciones
Disposición transitoria tercera. Período de adaptación de los servicios, entidades y laboratorios que venían realizando las fases de control de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.
Texto oficial de Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida (BOE-A-2006-14017). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
