Este real decreto tiene el carácter de normativa básica al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.<sup>a</sup> y 16.<sup>a</sup> de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente.
Se exceptúa de dicho carácter de normativa básica la regulación contenida en la disposición transitoria, así como el régimen sancionador relativo a importaciones y exportaciones, que se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.<sup>a</sup>, primer inciso, de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de sanidad exterior.
Texto oficial de Real Decreto 1144/2006, de 6 de octubre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de los piensos (BOE-A-2006-18145). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.