1. Las sesiones del Pleno del Patronato son ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán, al menos, una vez al año, y las extraordinarias, previa convocatoria del Presidente del Patronato, por propia iniciativa o a petición de una tercera parte de sus miembros.
2. La Comisión Permanente se reunirá, en sesión ordinaria, al menos una vez al año, y en sesión extraordinaria, por convocatoria del Presidente o a petición de una tercera parte de sus miembros.
3. En caso de imposibilidad de asistencia a una sesión, tanto del Patronato como de la Comisión Permanente, es posible la delegación del voto en otro miembro del Patronato, previa comunicación al secretario con la antelación suficiente.
Texto oficial de Real Decreto 1267/2006, de 8 de noviembre, por el que se crea el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón (BOE-A-2006-19411). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.