CAPÍTULO III. Procesamiento, almacenamiento y distribución de células y tejidos humanos
Artículo 21. Etiquetado, documentación y acondicionamiento.
Los procedimientos de etiquetado, documentación y acondicionamiento se ajustarán a lo establecido en el anexo I.3.
Texto oficial de Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos (BOE-A-2006-19625). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.