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CAPÍTULO II. Actividades preventivas a desarrollar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social

Artículo 3. Financiación, planificación y desarrollo de las actividades preventivas de las mutuas.

Texto oficial de Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales (BOE-A-2006-20765). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 3. Financiación, planificación y desarrollo de las actividades preventivas de las mutuas. — Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales · BOE Fácil