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real decreto · BOE-A-2006-22080

Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad

Estado
Vigente
Publicación
16/12/2006
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto determina cuándo se considera que una persona tiene discapacidad a efectos de la Ley de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal: el grado mínimo de minusvalía exigido y cómo se acredita.

A quién afecta: Personas con discapacidad reconocida en España.

  • Tienen la consideración de personas con discapacidad quienes tienen reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
  • El grado de minusvalía se acredita mediante resolución o certificado expedido por el IMSERSO o el órgano competente de la comunidad autónoma.
  • También se reconoce automáticamente esa consideración a los pensionistas de la Seguridad Social con pensión de incapacidad permanente en grado de total, absoluta o gran invalidez.
¿A partir de qué grado de minusvalía se considera que una persona tiene discapacidad a efectos de esta ley?

A partir de un grado igual o superior al 33%.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto de Consideración de Persona con Discapacidad · BOE Fácil