TÍTULO VI. Normas Tributarias · CAPÍTULO II. Impuestos Indirectos · Sección 2.ª Impuestos Especiales
Artículo 68. Impuesto sobre Hidrocarburos.
Con efectos a partir del día 1 de enero de 2007, se modifican los epígrafes 1.3 y 1.5 de la tarifa 1.ª del artículo 50.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que quedan redactados como sigue:
Epígrafe 1.3 Gasóleos para uso general: 278,00 euros por 1.000 litros.
Epígrafe 1.5 Fuelóleos: 14,00 euros por tonelada.
Texto oficial de Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 (BOE-A-2006-22865). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 68. Impuesto sobre Hidrocarburos. — Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 · BOE Fácil