CAPÍTULO III. Organización de la Fuerza del Ejército de Tierra
Artículo 7. Despliegue.
El Ejército de Tierra, de acuerdo con su nueva estructura orgánica, tendrá el despliegue detallado de su Fuerza que figura en el anexo I.
Texto oficial de Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias (BOE-A-2006-7168). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Despliegue. — Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias · BOE Fácil